El Consejo Ejecutivo ha aprobado un Decreto Ley que modifica parcialmente y actualiza el Texto refundido de la Ley del Institut Català de Finances, aprobado por el Decreto legislativo 4/2002 de 24 de diciembre. Mediante esta modificación se formaliza el sometimiento del ICF a la normativa europea para las entidades financieras y se refuerza su independencia en relación a la Administración de la Generalitat de Catalunya de acuerdo con los requerimientos de los reguladores europeos.

El Gobierno de la Generalitat ha aprobado hoy un Decreto Ley para adecuar el marco legislativo del Institut Català de Finances (ICF) a la normativa vigente a nivel europeo (Directiva 2013/36/EU y Reglamento 575/2013 - Basilea III) y estatal (Ley 10/2014 de 26 de junio de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito y el RD 84/2015), de acuerdo con los requerimientos de los reguladores para las entidades financieras.
Este Decreto Ley modifica parcialmente y actualiza el Texto refundido de la Ley del Institut Català de Finances, aprobado por el Decreto legislativo 4/2002 de 24 de diciembre.
Mediante esta modificación el Gobierno formaliza el sometimiento del ICF a la normativa europea específica para las entidades de crédito y, a su vez, refuerza su independencia en relación a la Administración de la Generalitat de Catalunya de acuerdo con los requerimientos de los reguladores europeos y a la realidad orgánica y jurídica de la entidad.
En este sentido el Decreto Ley clarifica y concreta la descripción del régimen jurídico de la entidad financiera pública catalana a la que “se le aplica la normativa específica de las entidades de crédito y, por tanto, se somete únicamente a la normativa de carácter básico y a la dictada por los organismos reguladores de la Unión Europea que le sea aplicable, ateniendo su especial actividad y naturaleza”. Y en el ejercicio de sus funciones, explícita que se tiene que regir por “criterios de mercado”.
En relación a la gobernanza, la adecuación legislativa específica, en línea con los requerimientos de los reguladores, la independencia de la entidad a través de unos órganos de gobierno formados mayoritariamente por independientes, y prevé la creación de todas aquellas comisiones y comités que se requieran de acuerdo con la normativa propia de las entidades de crédito.
Finalmente, mediante el Decreto, también se refuerza la autonomía presupuestaria de la entidad respecto de la Generalitat de Catalunya, “la cual únicamente establecerá su límite máximo de endeudamiento anual a las respectivas leyes de presupuestos”.
En paralelo a la adecuación legislativa, el ICF también ha finalizado el proceso interno de adaptación a los requerimientos de los reguladores con el objetivo de equipararse al resto del sector financiero.