A partir de 50.000€ y hasta 2 M€ por operación.
ICF Ecoverda
Accede o date de alta en Espai Client para solicitar este préstamo. Una vez cumplimentada y enviada la solicitud, recibirás un correo con las indicaciones a seguir.
Pueden solicitar este préstamo las personas trabajadoras autónomas, empresas y entidades (públicas o privadas), comunidades energéticas y comunidades de propietarios con sede social u operativa en Cataluña.
Hasta 20 años, con hasta 2 años de carencia incluidos en el plazo.
EURIBOR a 12 meses más un diferencial de hasta el 3,79%.
De apertura, máxima del 0,25%; por cancelación total o parcial, máxima del 0,25%.
A determinar en función del proyecto.
Adicionalmente, como complemento de las garantías que aporte el titular, el Fondo Europeo de Inversiones (FEI), con el apoyo de la Unión Europea a través del programa InvestEU, asume frente al ICF el 70% del riesgo crediticio más 90 días de intereses ordinarios.
Consulta las inversiones elegibles que pueden beneficiarse de las garantías del programa InvestEU (aquellos fines recogidos entre los puntos 2.1 hasta el 2.6, ambos incluidos).

Hasta 20 años, con hasta 2 años de carencia incluidos en el plazo.
EURIBOR a 12 meses más un diferencial entre el 0% y el 1,50%. Este precio ya incorpora una bonificación de 1,3 puntos porcentuales por parte del Departamento Territorio, Vivienda y Transición Ecológica.
Para más información sobre las características, requisitos y condiciones de los préstamos con condiciones preferentes, puede consultar el anuncio de esta línea publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
De apertura, máxima del 0,25%. En caso de tipo fijo, habrá que añadir los costes de ruptura asociados.
A determinar en función del proyecto.
Para entes privados, máximo de 20 años; para entes públicos, hasta 30 años con posibilidad de hasta 2 años de carencia incluida en el plazo.
EURIBOR a 12 mesos més un diferencial de fins al 2,80%. En cas d’entitats sotmeses a principis de prudència, el tipus d’interès s’aplicarà segons la normativa.
De apertura, máxima del 0,25%; por cancelación total o parcial, máxima del 0,25%. En caso de tipo fijo, será necesario añadir los costes de ruptura asociados.
A determinar en función del proyecto.