ICF Habitatge Emancipació

Préstamos de hasta 50.000€ para jóvenes de entre 18 y 35 años que quieran financiar la entrada de su primera vivienda sin comisiones ni intereses.

¡Financia la entrada de tu primera vivienda al 0%!

Si tienes entre 18 y 35 años y quieres comprar tu primera vivienda, el préstamo ICF Habitatge Emancipació te permite financiar la entrada hasta el 20 % del importe de compraventa, con un límite de 50.000 €. No tendrás que devolverlo hasta que la hipoteca con el banco ya esté pagada. Después de este período, dispondrás de 5 años para devolver la totalidad del préstamo en cuotas mensuales, con un interés del 0 %.

Además, con el objetivo de ampliar la oferta de vivienda asequible en Cataluña, la vivienda que adquieras pasará a ser una vivienda con protección oficial (VPO) de precio limitado de forma permanente.

Préstecs per l'emancipació

¿Quién puede solicitar este préstamo?

Todas las personas solicitantes del préstamo deben cumplir los siguientes requisitos en el momento de hacer la solicitud:

  • Tener entre 18 y hasta 35 años (incluidos) en el momento de realizar la solicitud y estar empadronadas en Cataluña.
  • La vivienda debe ser la primera que compra la persona solicitante para convertirse en su residencia habitual.
  • Los ingresos brutos anuales de todos los miembros de la unidad de convivencia futura (incluyendo a menores y personas que no soliciten el préstamo) no pueden superar el Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya (IRSC) multiplicado por 6,5. Por ejemplo:
    • Una persona: hasta 80.963,31€ anuales.
    • Dos personas: hasta 83.467,33€ anuales.
  • La persona solicitante no puede tener impagos ni deudas significativas con entidades financieras o del sector público y el ICF estudiará cada caso para evaluar si es solvente.

Condicions de l'habitatge a finançar

¿Qué condiciones debe cumplir la vivienda?

La vivienda comprada debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener cédula de habitabilidad vigente.
  • Estar ubicada en Cataluña.
  • No estar calificada previamente como vivienda de protección oficial (VPO).

Puede ser tanto de obra nueva como de segunda mano.

Condiciones financieras

El importe del préstamo será máximo del 20% del precio de tasación o precio de compra de la vivienda, con un máximo de 50.000€.

En caso de que el precio de compra y la tasación de la vivienda sean distintas, el préstamo cubrirá el 20% del menor de estos dos importes.

Los préstamos tendrán un plazo de hasta 35 años, con 30 años de carencia incluidos.

Esto significa que no deben empezar a devolverse hasta que la hipoteca con tu banco esté pagada, la cual será de un máximo de 30 años. Después de este período, se dispondrá de 5 años más para devolver la totalidad del préstamo con el ICF en cuotas mensuales.

Fijo del 0%.

Sin comisiones.

¿Cómo es el proceso de solicitud del préstamo?

El proceso para financiar la compra de tu primera vivienda se completa con dos préstamos distintos:

  1. Primero, es necesario pedir el préstamo ICF Habitatge Emancipació a través de la banca digital del ICF (trámite disponible a partir del 30 de junio de 2025).
  2. Si se aprueba el préstamo con el ICF, se debe contactar con una de las entidades bancarias adheridas al convenio para pedir una hipoteca que cubrirá el resto de la financiación con plazo máximo de 30 años. Las condiciones de este segundo préstamo serán las acordadas entre la entidad y el cliente.

Desde el momento en que el préstamo con el ICF sea aprobado, se abre un período de 6 meses para firmar la hipoteca con la entidad bancaria. Si no se formaliza la hipoteca dentro de este plazo, deberás contactar con el ICF.

En caso de que la suma de los préstamos del ICF y el banco no cubran el 100% del precio de compra de la vivienda, el solicitante deberá aportar el importe que falte con recursos propios.

Bancs los cuales puedes solicitar tu hipoteca

Documentació que cal aportar

¿Qué documentación se debe aportar y dónde la puedo encontrar?

La documentación que deben aportar todos los solicitantes es la siguiente:

  • DNI o NIE escaneado (vigente en el momento de realizar la solicitud).
  • Certificado de empadronamiento (expedido en un plazo inferior a tres meses). Puedes pedirlo en el ayuntamiento de tu municipio.
  • Declaración responsable firmada. Es un documento elaborado por el ICF en el que declaras que se trata de la primera vivienda que compras y que la utilizarás como tu residencia habitual (lo puedes descargar en esta misma página y también en el Espai Client).
  • Informe de la vida laboral. Puedes solicitarlo a través de la página web de la Seguridad Social (deberás identificarte con Cl@ve, con el DNI electrónico o vía SMS) y también puedes recibirlo físicamente en tu domicilio. 
  • 3 últimas nóminas. En caso de tener menos de 6 meses de antigüedad, debes aportar tu contrato laboral.
  • Copia de la última declaración de la renta. Puede solicitarse a través de la página web de la Agencia Tributaria.
  • Certificado catastral para acreditar que no tienes ninguna vivienda en propiedad. Puede descargarse en la Sede Electrónica del Catastro (debes buscar el certificado de bienes inmuebles). Si tienes otra propiedad que no sea una vivienda, sí puedes solicitar el préstamo
  • Informe de riesgos del Banco de España. Es un documento que recoge la información relativa a los préstamos, créditos, avales y garantías que cada persona tiene con su o sus bancos. Puedes solicitarlo a través de la página web del Banco de España y tarda entre uno y dos días en llegar. Debe ser lo más reciente posible porque, desde la fecha de su petición, se abre un período de tiempo de dos meses para que el ICF tramite tu solicitud del préstamo. En caso de superar este período de tiempo, deberás volverlo a pedir.

Documentación obligatoria adicional para personas físicas autónomas:

  • Resumen anual del IVA (modelo 390) y declaraciones trimestrales del año en curso (modelo 303). Puede pedirse a través de la página web de la Agencia Tributaria.
  • Extracto bancario de los últimos seis meses de tu cuenta principal. Puedes pedirlo a tu entidad bancaria en línea o en una oficina. Algunas entidades cobran por expedirlo. 

Documents descarregables

Declaració responsable (d'accés al primer habitatge)

PDF
Preguntas frecuentes antes de solicitar el préstamo

Sí, se permite que haya más de un solicitante, siempre que todas las personas cumplan los requisitos establecidos. La solicitud deberá hacerla una única persona y el resto constarán como "cotitulares".

La solicitud será denegada automáticamente si una de las personas solicitantes no cumple con los requisitos.

No, sólo puedes tener una solicitud activa.

Si pediste financiación para la compra de una vivienda que ya no está disponible o ya no te interesa, ponte en contacto con nosotros y cancelaremos tu solicitud anterior para que puedas presentar una nueva.

El ICF sólo financia el 20% del valor de la vivienda, hasta un máximo de 50.000€, pero podrás pedir el resto de la financiación por tu hipoteca a las entidades bancarias adheridas al convenio con el ICF:

  • Arquía
  • Banco Sabadell
  • Bankinter
  • BBVA
  • Caja Ingenieros
  • CaixaBank
  • CaixaGuissona
  • Laboral Kutxa

Ten en cuenta que el banco también estudiará cada caso para evaluar si la persona solicitante tiene capacidad para devolver el préstamo de acuerdo a sus criterios de riesgo.

La vivienda comprada con un préstamo ICF Habitatge Emancipació debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener cédula de habitabilidad vigente.
  • Estar ubicado en Cataluña.
  • No estar calificada previamente como vivienda de protección oficial (VPO).

Puede ser tanto de obra nueva como de segunda mano.

Sí, pero sólo en caso de que formen parte de la misma finca registral que la vivienda, es decir, que estén registrados como una sola unidad en el Registro de la Propiedad.

En cambio, si el parking y/o el trastero forman parte de una finca registral distinta a la vivienda, el préstamo no cubrirá su compra

La vivienda comprada con un préstamo ICF Habitatge Emancipació:

  • Deberá utilizarse como residencia habitual y permanente. No podrá estar vacía ni utilizarse como segunda residencia. Se considera que una vivienda no se utiliza como residencia habitual si pasas tres meses seguidos sin vivir en ella sin motivo justificado.
  • Su precio de venta estará limitado. Solamente podrás venderla por el mismo importe por el que la adquiriste, sumándole el IPC y el coste de determinadas reformas.
  • No podrá cederse ni alquilarse a otras personas, excepto en situaciones concretas y previa autorización de la Agencia de l’Habitatge de Catalunya (AHC).

Desde el momento que el ICF te apruebe el préstamo ICF Habitatge Emancipació, dispones de un período de 6 meses para firmar la hipoteca con una de las entidades bancarias adheridas al convenio.

Si no firmas la hipoteca en este plazo, deberás contactar con el ICF para gestionar una extensión de la validez de la aprobación del préstamo.

Si la vivienda heredada está fuera de Cataluña, puedes pedir el préstamo sin problemas.

Si está en Cataluña, sólo podrás pedirlo si justificas que no puedes vivir en él por motivos que no son responsabilidad tuya.

Sí, el ICF estudiará cada caso para evaluar si la persona solicitante es solvente, es decir, si tiene capacidad para devolver el préstamo.

En caso de que no supere este análisis, el préstamo será denegado.

Sí, los préstamos ICF Habitatge Emancipació son compatibles con otras subvenciones, como las relacionadas con mejoras de eficiencia energética, por ejemplo.

Sí, tendrás que tributar por los impuestos que regulan la transmisión de viviendas en Cataluña.

Preguntas frecuentes después de la firma del préstamo

Sí, puedes devolver todo el préstamo o el que te falte por pagar antes del plazo previsto sin ningún tipo de comisión ni penalización. Sólo tienes que ponerte en contacto con nosotros para explicarte cómo hacerlo.

No, la vivienda comprada con un préstamo ICF Vivienda Emancipación se convertirá en vivienda de protección oficial (VPO) de precio limitado de forma permanente.

La vivienda comprada con un préstamo ICF Habitatge Emancipació debe utilizarse como residencia habitual y permanente y sólo se podrá alquilar si se tiene una autorización previa de la Agència de l'Habitatge de Catalunya (AHC), pasados ​​los 3 primeros años desde la compra.

Si, transcurrido este período, recibes la autorización para alquilarlo, deberás hacerlo siguiendo las siguientes condiciones:

  • El precio de alquiler no podrá superar en ningún caso el 80% del Índice de referencia de precios del alquiler.
  • La autorización de la AHC tendrá una duración máxima de 5 años. Si después de este período se quiere seguir alquilando, el propietario deberá devolver el préstamo anticipadamente.

Si compras una vivienda con un préstamo ICF Vivienda Emancipación, será una vivienda protegida de forma permanente. Esto significa que, si algún día quieres venderlo, deberás hacerlo siguiendo unas condiciones determinadas:

  • El precio de venta estará limitado. Es decir, sólo podrás venderlo por el mismo importe por el que lo compraste, sumando el IPC (índice de precios de consumo) y el coste de las reformas en los siguientes dos casos:
    • Mejoras de eficiencia energética que reduzcan, al menos, un 7% la demanda energética global anual de calefacción y refrigeración o un 30% el consumo de energía primaria no renovable.
    • Obras de rehabilitación realizadas en los 2 primeros años después de la compra, cuyo coste supere los 15.000€. Si el importe es inferior a 15.000€, no podrá sumarse al precio de venta. Si supera los 50.000€, sólo podrá sumarse al precio de venta un máximo de 50.000€.
  • Tendrás que avisar a la Agència de l'Habitatge de Catalunya (AHC) antes de venderlo, ya que la administración tiene el derecho a comprarlo antes que nadie para incorporarlo al parque de vivienda pública (derecho de tanteo y retracto).
    • La AHC no podrá ejercer su derecho preferente a compra en caso de que lo vendas o des a familiares directos (hijos, padres, cónyuge o pareja de hecho), en caso de que lo dejes en herencia o en caso de decisión judicial.
  • La persona que compre la vivienda deberá estar inscrita en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Cataluña y tendrá que vivir de forma habitual, también en caso de que sea un familiar directo.
  • Antes de firmar ante notario, el contrato tendrá que tener el visto bueno de la Agència de l'Habitatge de Catalunya.

Sí, puedes dejar la vivienda en herencia, pero permanecerá como vivienda protegida. Es decir, si la persona que hereda la vivienda quiere venderla, deberá hacerlo siguiendo las condiciones establecidas.

Condiciones legales

Condiciones del préstamo sujetas a aprobación previa.
Importe máximo: 50.000 €
Plazo máximo: 35 años con hasta 30 años de carencia, durante los cuales no se realizan pagos ni se acumulan intereses.
Tipo de interés: 0 % TIN
Comisiones: 0 €
TAE: 0 %

Ejemplo representativo: para un préstamo de 50.000 € a devolver en 5 años tras 30 años de carencia, el coste total será de 50.000 €, con una cuota mensual de 833,33 € durante 60 meses. Total adeudado: 50.000 €. TAE: 0 %.

La fórmula matemática convenida para la determinación del importe de cada una de las cuotas de amortización es la siguiente:formula-quota-prestec-emancipacio.png

Objetivos de Desarrollo Sostenible